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SESIÓN ORDINARIA N° 1176 – 13 DE MAYO DE 2025

ORDEN   DEL   DIA

 

  • ACTA ANTERIOR:

 

  • ACTA SESIÓN ORDINARIA Nº 1175.
  • MENSAJES DEL D.E.:

 

  1. PROYECTO DE ORDENANZA: ACEPTACIÓN DONACIÓN LOTE.

 

  • CORRESPONDENCIA:

 

  • DICTÁMENES DE COMISIONES:

 

  • PROYECTOS DE CONCEJALES:

 

  • BLOQUE UNIDOS:
  1. D.: REPUDIO AL RECHAZO POR PARTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE SENADORES NACIONALES AL PROYECTO DE LEY DE “FICHA LIMPIA”.

 

  • BLOQUE DE RENOVACIÓN POR ARMSTRONG:
  1. C.: SOLICITUD DE COLOCACIÓN DE LUMINARIAS EN FO.NA.VI SUR.

 

  • BLOQUE AVANCEMOS:
  1. : ALIMENTOS SALUDABLES EN LAS ESCUELAS.

 

  • CONCEJO:
  1. D.: DÍA DE LA ESCARAPELA.

 

                                                                INICIO DE LA SESIÓN A LAS 19:30 HORAS.

(CON TOLERANCIA HASTA LAS 20:00 HORAS)

 

*PROYECTO EN COMISIÓN
SESIÓN ORDINARIA N° 1175

 

        En la ciudad de Armstrong, siendo las 20:00 horas, del día seis de Mayo de dos mil veinticinco, se reúnen los señores Concejales:

 

FISCHER, Luz Marina (B.A.)

GARCIA, María Noelia (B.U.)

GRAMIGNA, Emiliano (R.A.)

REVIGLIONO, Carla (B.U.)

URQUÍA, Ángel Jesús (R.A.)

 

PRESIDENTE:                          PERTUSATI, Alejandro (B.U.)

 

PRO - SECRETARIA:                       NORIEGA, Cecilia

 

La Concejal Revigliono, procede a izar la Bandera Nacional. –

 

  • ACTA ANTERIOR:

 

Sesión Ordinaria N° 1174: se protocoliza sin observaciones. -

 

  • MENSAJE DEL D.E.:

 

  1. Ejecución de Ingresos y Egresos correspondientes al período 1° de Enero 2024 – 31 de Diciembre 2024, y Estado Patrimonial del Municipio.

 

El Presidente del Concejo expresa que se mociona por su pase a Comisión, y agrega que, ya fue enviado la Memoria y el Balance a todos los bloques.

 

El proyecto pasa la Comisión de Hacienda y Cuentas. -

 

  • CORRESPONDENCIA:

 

A- Notificación del Radio Club Armstrong por actividad durante el mes de Mayo.

 

Se dispone su archivo. –

 

El Presidente del Concejo comenta que el día lunes recibieron en la reunión de comisión al Sr. Lucio Fernández, quién los puso al corriente sobre esta actividad.

 

  • DICTÁMENES DE COMISIÓN:

 

  • COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y GOBIERNO: Se da lectura del dictamen que aconseja con su voto la aprobación en general y en particular del Proyecto de Ordenanza: Reglamentación para Uso de Monopatines.

 

           

 

 

 

Sometido a votación el proyecto, es aprobado por unanimidad en general y en particular, sin modificaciones. –

 

La Concejal Revigliono menciona que celebra la aprobación de esta Ordenanza que es un marco para la regulación de un vehículo de movilidad propia como son los monopatines, que es cada vez más utilizado en la ciudad y que era necesario dar un marco legal; agrega que saben que hay muchas ciudades que lo han hecho y que otras ciudades no y que, la Agencia Nacional de Seguridad Vial dado que no están contemplados la ley nacional pide que se les dé un marco a nivel local ya que hace a la seguridad de los usuarios de monopatín. Ella explica que hoy en día las compañías de seguro cubren la responsabilidad civil y que, es importante que las personas que sean usuarias de este vehículo tengan el seguro como corresponde, que utilicen casco, que circulen a la velocidad que está establecida en la Ordenanza que es de 25 Km., que cuenten con luces delanteras y traseras. La Concejal expresa que es un avance en lo que respecta a la seguridad vial de la localidad de Armstrong.

El Concejal Urquía señala que acompañan y coinciden con lo que expresó la Concejal Revigliono y explica que además de dar un marco legal también lo enmarca ya que, la Ordenanza detalla cuales son los requisitos que deben cumplir quienes utilices monopatines. Él menciona que esta Ordenanza es una herramienta para Tránsito que permite regular como debe utilizarte. El Concejal explica que es algo muy bueno para la ciudad ya que es un vehículo sustentable para la ciudad y, agrega que, es algo que se va a utilizar en el futuro y que se utiliza actualmente ya que hay muchos monopatines dentro de la ciudad.

  • PROYECTOS DE CONCEJALES: Por Secretaria se da lectura a los siguientes:

 

  1. BLOQUE UNIDOS:

 

  1. Proyecto de Minuta de Declaración: Este Cuerpo declara de Interés Municipal la actividad desarrollada por el D.E.M. “Pasión de Domingo”, en el marco de la celebración por el día Internacional de los Museos, este próximo 18 de mayo, reafirmando nuestra responsabilidad y adhesión en concienciar a la comunidad sobre el papel de los museos en el desarrollo de la sociedad.

 

Sometido a votación el proyecto, es aprobado por unanimidad. -

 

La Concejal Revigliono dice que se declara de Interés Municipal esta actividad que se llevará a cabo por el Día Internacional de los Museos que es el 18 de mayo, y agrega que, durante la reunión de comisión contaron con la visita de Sr. Lucio Fernández; ella cuenta que él les comentó que existe la posibilidad de que ellos asistan a una de las actividades que se van a desarrollar en la celebración de este Día. La Concejal comenta que esta actividad en particular se llamará “Los museos en las comunidades en constante cambio”, que trata de la situación de los museos en las comunidades en constante cambio y, explica que está destinada a los clubes para que participen aportando desde su nacimiento hasta la actualidad como las instituciones han crecido, que aporten trofeos, medallas y todo lo que destaque a la institución para ser exhibidos en museos; agrega que, el nombre de “Pasión de Domingo” se debe a que hace referencia al crecimiento que hubo en el futbol para aquellas instituciones que cuenten con este deporte y para aquellas que no, contar la historia del club de cómo han avanzado con los deportes que cada una realiza. Ella reseña que el Día Internacional de los Museos en Buenos Aires, los museos están abierto las 24 horas; expresa que son muy lindas las actividades que se realizan. La Concejal resalta que la actividad “Pasión de Domingo” se realizará durante el fin de semana y que se van a ir convocando distintos clubes como es el caso del Club de Radioaficionados.

 

  1. BLOQUE DE RENOVACIÓN POR ARMSTRONG:

 

  1. Proyecto de Minuta de Declaración: Este Cuerpo adhiere al 7° Aniversario de la Escuela de Tenis Adaptado Facundo Bagnis de nuestra ciudad por su compromiso y dedicación brindada a lo largo de estos años fundamentales para el crecimiento y éxito de la misma.

Sometido a votación el proyecto, es aprobado por unanimidad. –

El Concejal Urquía expresa que quieren felicitar a la Escuela de Tenis Adaptado Facundo Bagnis por su 7° Aniversario, por el gran trabajo que llevan adelante y que quieren felicitar particularmente a Facundo Bagnis por tomar el proyecto, por hacer el padrinazgo; y, explica que Facundo Bagnis todavía se encuentra en actividad, realizando su trabajo con profesionalismo, responsabilidad y total dedicación y que se toma el tiempo para llevar adelante la Escuela de Tenis Adaptado y de estar en contacto con él y con la Profesora Sofía Castro quién desde hace siete años llevan este proyecto adelante; menciona que quiere felicitar el grupo de adultos que son quienes consiguen los medios para poder solventar el proyecto que para los chicos es un lindo lugar donde pueden disfrutar de un deporte, de compartir tiempo con amigos y de generar vínculos. El Concejal dice que hace muy bien poder encontrar un espacio que incluya y que eso es fundamental para el desarrollo de las personas y aclara que a la escuela no solo asisten niños sino también personas adultas. Él resalta que agradece al club que desinteresadamente prestan las instalaciones y a tres patrocinadores que desde el comienzo son los que cubren la parte económica para este proyecto llegue a los chicos sin costo alguno y, que este grupo de personas hace que los chicos puedan tener ese momento de felicidad y que puedan ir a otras ciudades a través de un deporte e innumerables actividades que se pueden llevar adelante a través de un deporte; agrega que quiere felicitar a ese grupo a ese grupo de chicos que encontraron en ese deporte y en la Escuela de Tenis Adaptado un lugar que los hace feliz.

El Concejal Gramigna dice que quiere agregar a lo que expuso en Concejal Urquía, sobre el enorme equipo de trabajo que lleva adelante de manera transparente y sostenida a través del tiempo y aclara que que no es fácil ya que en este periodo de siete años han atravesado épocas críticas y que el sostenimiento del grupo de trabajo que llevan adelante este proyecto y el acompañamiento del club, de los profesores y de patrocinadores y el trabajo invisible que se hace es lo que permite que se sostenga la disciplina. Él resalta que el trabajo que hace su compañero, Jesus Urquía, en la escuela requiere de mucha decicación, ya que es quien se encarga de renovar los patrocinadores año a año, de solventar los gastos y de organizar los eventos cuando hay encuentros con escuelas de otras localidades. El Concejal dice que quiere resaltar que la Escuela de Tenis Adaptado de la ciudad de Armstrong se sostuvo a largo del tiempo independientemente de los vaivenes políticos y señala que, en otras localidades no ocurre lo mismo y agrega que destaca el inmenso trabajo que realiza la comisión que está a cargo de la escuela, que los llena de orgullo ver que algo funciona independientemente de los vaivenes políticos y económicos y gracias a un trabajo en equipo por parte del sector privado, los clubes y el empeño de muchas personas que quieren que los chicos tengan un lugar para desarrollarse y ser felices.

 

    1. Proyecto de Minuta de Comunicación: El Concejo Municipal de Armstrong, solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la Secretaría que corresponda, informe a este Cuerpo:
  1. La fecha prevista para la entrega de los terrenos adjudicados en el marco del “Loteo Municipal II”.
  2. Los motivos por los cuales, hasta el momento, no se ha concretado dicha entrega a las familias beneficiarias.

 

Sometido a votación el Tratamiento sobre Tablas, es aprobado por unanimidad. -

EL Concejal Gramigna expone que en los considerandos y en el articulado de la Minuta de Comunicación se encuentra el detalle sobre este pedido de informe y dice que, quieren ser congruentes con la información y que van a esperar la respuesta del informe. Él menciona que esperan que la respuesta sea rápida, ya que es algo que preocupa y ocupa a las familias que fueron adjudicadas.

La Concejal García dice que leyó en los considerandos y, procede a leer textualmente de la Minuta de Comunicación: “Sin embargo hasta la fecha no se ha entrega efectiva de los terrenos adjudicados situación que genera incertidumbre e intranquilidad en los vecinos adjudicados. Que es responsabilidad del Estado garantizar claridad, previsibilidad y cumplimiento en los procesos de adjudicación”. La Concejal expresa que considera que la respuesta para el Bloque de Renovación por Armstrong sería que la fecha está prevista, que todos conocen los tiempos de la burocracia administrativa y lo que conlleva un registro de propiedad, y destaca que, si hubo algún vecino que se acercó y les comentó sobre este tema, que sería conveniente que todas las familias se acercaran al municipio a consultar. Ella menciona que todas las familias estaban al tanto de cómo sería la adjudicación de los terrenos del Loteo Municipal II; y expresa que están atendiendo todo el tiempo a las familias, que estuvieron en cada situación en particular y que acompañaron en la firma del boleto de compra-venta. La Concejal explica que hay que contar que en el mes de enero empezaron a pagar los propietarios del Loteo Municipal II y que desde el Municipio están garantizando que a fines de mayo sea público que las 26 familias van a obtener sus terrenos. Ella explica que el pedido de informe se va a responder de manera escrita y, resalta que, ella cree que todas las familias se han acercado al Municipio y consultado con el Departamento Ejecutivo que era quien llevaba y garantizaba este registro. La Concejal señala que habló con el Departamento Ejecutivo para que se responda por escrito y que todos puedan conocer la fecha de adjudicación y resalta que primero iban a informar a las familias y después entregar este informe por escrito a los Concejales.

El Concejal Gramigna dice que agradece la respuesta de la Concejal García y, resalta que es el deber que tienen como Concejales, que la intención del pedido de informa es tener la información ya que son parte del proyecto al aprobarlo. Él resalta que la previsibilidad con la que ellos hablan es la misma previsibilidad que le platean al vecino cuando se acercan a ellos para realizar alguna consulta; y agrega que cualquier respuesta que ellos puedan dar va a estar basado en la respuesta por parte del Departamento Ejecutivo, que este pedido de informe no lo hacen con la intención de generar incomodidad, sino que están cumpliendo con el pedido que los vecinos realizan a ellos.

La Concejal García dice que no es su intención generar debate; y, señala que le parecieron singular esas dos palabras claves que leyó en los considerandos. Ella explica que estuvieron a la altura de atender a cada vecino y que su manera de hacer el trabajo es primero informar a las familias y después habilitan a que todo el Poder Legislativo conozca la información.

El Concejal Gramigna dice que sin ánimos de generar debate; expresa que la responsabilidad de ellos es velar por la claridad, previsibilidad y cumplimiento del Estado y aclara que puede ser sobre este tema o cualquier otro tema. El Concejal explica que su función como Concejal es legislar y controlar y que no es de manera capciona sino es que es base a lo que Ley Orgánica les otorga.

Sometido a votación el proyecto, es aprobado por unanimidad. -

  1. BLOQUE AVANCEMOS: No presenta proyectos. -

 

  1. CONCEJO:

 

    1. Proyecto de Minuta de Declaración: Este Cuerpo declara su total adhesión al día 11 de Mayo, como “Día del Himno Nacional Argentino”.

 

Sometido a votación el proyecto, es aprobado por unanimidad. -

 

 

 

Siendo las 20:30 hs., sin más temas a tratar, finaliza la presente sesión. -

La Concejal Revigliono, procede a arriar la Bandera Nacional. -

 

 

MENSAJE DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO

VISTO:

La donación de superficie de terreno, realizada por el señor Bruno Antonio Coloccini, presidente del Directorio de ESTUDIOS INTEGRALES – INGENIERÍA Y SERVICIOS S.A., según acta de donación de fecha 05 de Marzo de 2025, debidamente certificada por la Escribana Dra. Moira Maini, Titular del Registro N° 736, de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe; y,

CONSIDERANDO:

Que se trata de la donación de los metros necesarios destinados a apertura / ensanche de calle JOSÉ IRACI y calle Dr. R. FISCHER; pertenecientes a FERRERO Sociedad Anónima MEIFA – Establecimiento Metalúrgico, identificados como Lotes “2 y 3”, cuyas medidas se describen a continuación:

1) Lote “2” se compone de 10,00 mts. de frente Norte y al Sur; por 125.33 mts. de frente al Oeste, por igual contra frente hacia el Este; lindando al Norte con futura calle a abrir Gral. Mosconi, al Oeste con calle J. Iraci; al Sur con Ruta Nac. N° 9 y al Este con Lotes “1 – 4” con más propiedad de FERRERO Sociedad Anónima MEIFA – Establecimiento Metalúrgico; encerrando una superficie total de 1253,27 m2;

2) Lote “3” se compone de 12,50 mts. de frente al Norte y al Sur; por 125.33 mts. de frente al Este, por igual contra frente hacia el Oeste; lindando al Norte con futura calle a abrir Gral. Mosconi, al Este con calle Dr. R. Fischer; al Sur con Ruta Nac. N° 9 y al Oeste con Lotes “1” con más propiedad de FERRERO Sociedad Anónima MEIFA – Establecimiento Metalúrgico; encerrando una superficie total de 1566,48 m2; según se detalla plano de mensura confeccionado por el Ing. Agrimensor Walter Tomás Meier I.Co.P.A. 2-0396-3, aprobado por el S.C.I.T. de la ciudad de Rosario con el N° 267468 del Año 2023;

Que los inmuebles Lote “2” y “3” están inscriptos al Dominio Tomo: 100 – Folio 20 Nro.: 178106 del Año 1969, empadronados en el impuesto inmobiliario bajo las partidas N° 13-06-00 182.051/0002-7 y 13-06-00 182051/0003-6;

Que, en consecuencia, corresponde aceptar la donación referida;

POR ELLO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE ARMSTRONG, SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA N° 1648

ARTÍCULO 1°: Acéptese la donación de superficies de terrenos, propiedad de BRUNO ANTONIO COLOCCINI, presidente del Directorio de ESTUDIOS INTEGRALES – INGENIERÍA Y SERVICIOS S.A., ubicados en el Distrito Armstrong y que de acuerdo a los planos de mensura confeccionados por el Ing. Agrimensor Walter Tomás Meier, identificados como Lotes detallados en los considerandos, encerrando una superficie total de 2819,75 m2.

ARTÍCULO 2°: Tomar posesión inmediata de las fracciones de terreno, cuyas superficies totales donadas se estipula en el Artículo 1°) de la presente ordenanza, conforme al plano confeccionado al efecto.

ARTÍCULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese y dese al R.M.-

 

 

Armstrong, Mayo 13 de 2025.-

 

 

PROYECTOS DE CONCEJALES

BLOQUE UNIDOS

 

VISTO:

 

El rechazo del Honorable Senado de la Nación al Proyecto de Ficha Limpia; y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que la norma implicaba la modificación de las reglas de elegibilidad para los candidatos a cargos públicos y bloqueaba a quienes tengan una condena confirmada en segunda instancia relacionada con delitos contra la administración pública;

 

Que la sociedad argentina por mucho tiempo reclamó a los políticos la ley de ficha limpia;

 

Que, si a un vecino le pedimos antecedentes para ingresar a un trabajo, inscribirse a un loteo municipal, sería normal pedir este requisito para ser candidato a un cargo público;

 

Que este Concejo Municipal se expidió en favor de la media sanción de este proyecto el día 27 de septiembre de 2022 y el 3 de septiembre de 2024 sancionó una Ordenanza de Ficha Limpia para cargos municipales;

 

Que, lamentablemente, el día 7 de mayo, el Senado de la Nación rechazó el proyecto de Ley, confirmando que la corrupción ganó un escalón más en nuestra historia como país;

 

            Que hace mucho tiempo, el Senado de la Nación dejó de darle respuesta a los argentinos. Esperamos que vuelva a ser el órgano democrático donde la sociedad en su conjunto, pueda canalizar sus reclamos y se vuelva a discutir lo que realmente importa;

 

Que es lamentable y triste para la historia de nuestro país el rechazo a esta Ley. Los argentinos necesitamos volver a levantar las banderas de los valores de la honestidad y la transparencia;

 

Que en la Provincia de Santa Fe, el Gobernador Maximiliano Pullaro, va a incorporar ficha limpia a la nueva Constitución Provincial, para que nadie, por caprichos, conveniencias, beneficios y mezquindades políticas; pueda frenar y posponer una voluntad de cambio;

 

POR ELLO:                           

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE ARMSTRONG, SANCIONA LA SIGUIENTE
MINUTA DE DECLARACIÓN N° 1422

ARTÍCULO 1°: Este Cuerpo REPUDIA el rechazo por parte de la Honorable Cámara de Senadores Nacionales, al proyecto de Ley de “Ficha Limpia”; considerando que con estas acciones no solo se le da la espalda a la sociedad argentina, sino que benefician a quienes tuvieron y tienen intenciones de cometer delitos contra la administración pública.                               

 

ARTÍCULO 2°: Envíese copia de la presente a la Honorable Cámara de Senadores Nacionales. Con copia a los Senadores Nacionales representante de la Provincia de Santa Fe.

 

ARTÍCULO 3°: Comuníquese, publíquese y dese al R.M. -

 

Armstrong, Mayo 13 de 2025.-

                              

 

BLOQUE DE RENOVACIÓN POR ARMSTRONG

 

VISTO: 

              La necesidad de mejorar las condiciones de iluminación en los espacios comunes de los Edificios 1 y 2 del Complejo Fo.Na.Vi. Sur de la ciudad de Armstrong; y,

CONSIDERANDO:   

                        Que los mencionados edificios forman parte de un conjunto habitacional donde residen numerosas familias, incluyendo niños, personas mayores y trabajadores que transitan a diferentes horarios del día y la noche;

 

                        Que la iluminación adecuada en los espacios públicos y comunes es un factor clave para prevenir hechos de inseguridad, actuar como disuasivo del delito y fomentar el uso del espacio urbano de manera segura y tranquila;    

 

                        Que vecinos del barrio han expresado preocupación por la falta de luminarias en sectores puntuales del Complejo, situación que favorece la ocurrencia de actos vandálicos, genera sensación de inseguridad y afecta la calidad de vida de quienes allí residen;

 

                        Que la colocación de nuevas luminarias no solo representa una mejora en términos de seguridad, sino que también contribuye a la integración social del barrio, favoreciendo la circulación peatonal, la convivencia vecinal y el fortalecimiento del sentido de pertenencia;

 

                        Que el Concejo Municipal tiene entre sus atribuciones velar por el bienestar de los vecinos y promover acciones que favorezcan el desarrollo armónico de todos los sectores de la ciudad, incluyendo aquellos más alejados del centro urbano;

 

POR ELLO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE ARMSTRONG SANCIONA LA SIGUIENTE

MINUTA DE COMUNICACIÓN N° 3375

ARTÍCULO 1°: Este Cuerpo vería con agrado que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la secretaría que corresponda proceda a la colocación de luminarias en los sectores comunes de los Edificios 1 y 2 del Complejo Fo.Na.Vi. Sur de la ciudad de Armstrong, realizando la a evaluación técnica correspondiente para determinar la cantidad, ubicación y tipo de luminarias más adecuadas, priorizando criterios de eficiencia energética y sustentabilidad.

ARTÍCULO 2°: Comuníquese, publíquese y dese al R.M. -

                                                                    Armstrong, Mayo 13 de 2025.-

BLOQUE AVANCEMOS

PROYECTO EN COMISIÓN (NO APROBADO AL MOMENTO)

VISTO: 

Las facultades y atribuciones del Honorable Concejo Municipal en materia de salud pública otorgadas por la Ley Provincial N° 2756 – Ley Orgánica de Municipalidades, en tanto dispone que es materia propia la relativa a “La vigilancia en el expendio de las sustancias alimenticias, pudiendo prohibir la venta de aquéllas que sean nocivas a la salud” y que le corresponde “La adopción en general, de todas las medidas que tiendan a asegurar la salud y el bienestar de la población, sea evitando las epidemias, disminuyendo los estragos o previniendo las causas que puedan producirlas”; el artículo 41 de la Constitución Nacional y la Ley Nacional N° 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable; el artículo 19 de la Constitución de la Provincia de Santa Fe y la Ley Provincial N° 13.719 de Promoción de la Alimentación Saludable de la Población y de Educación Alimentaria y Nutricional; y,  

CONSIDERANDO: 

Que, se trata de una iniciativa que lleva por finalidad promover hábitos alimentarios saludables en la población, especialmente en niños, niñas y adolescentes que asisten a instituciones educativas dentro del ejido municipal de Armstrong. 

Que, dicha iniciativa se enmarca en una propuesta que debe ser acompañada en el marco de una estrategia de salud pública integral que reconoce la alimentación adecuada como un derecho humano esencial para el desarrollo físico, cognitivo y emocional, y como un factor clave para prevenir enfermedades crónicas no transmisibles vinculadas a la malnutrición, como el sobrepeso, la obesidad, la diabetes, la hipertensión y las dislipemias, entre otras. 

Que, este proyecto contribuye a los propósitos de la Ley Provincial N° 13.719, en tanto ésta establece el marco general para la promoción de la alimentación saludable y la educación alimentaria nutricional en el ámbito de la Provincia de Santa Fe y, en particular, de los establecimientos educativos. 

Que, otras jurisdicciones han llevado adelante políticas similares que también se reconocen como antecedentes normativos y prácticos, como lo es el caso de la Ordenanza N° 11.989 y modificatorias de la ciudad de Santa Fe. En ella se regula específicamente el funcionamiento de cantinas escolares y se promueve la oferta de alimentos saludables en los establecimientos educativos. 

Que, ambas normas reconocen que la escuela no solo es un ámbito de enseñanza formal, sino también un espacio estratégico para intervenir sobre los determinantes sociales de la salud. Y desde esta perspectiva, el Estado Municipal está llamado a asumir un rol activo en la implementación de políticas alimentarias que favorezcan el acceso equitativo a opciones nutricionales saludables y adecuadas. 

Que, desde el punto de vista médico y nutricional, se busca combatir tanto la malnutrición por exceso como la deficiencia de macro y micronutrientes, también conocida como “hambre oculta”. Esto requiere generar entornos escolares que ofrezcan alimentos protectores, reguladores y energéticos en proporciones adecuadas (frutas, alimentos saludables elaborados por emprendedores locales), limitar la oferta de productos ultraprocesados ricos en azúcares simples, grasas saturadas y sodio, e incorporar alimentos aptos para dietas especiales (celíacos, diabéticos, intolerancias, etc.). 

Que, esta ordenanza no solo busca cambiar la oferta alimentaria en los espacios educativos de manera progresiva, sino transformar los hábitos de consumo, empoderando a la comunidad educativa mediante acciones de formación, participación y concientización. 

Que, por todo lo expuesto, se considera fundamental la sanción de la presente Ordenanza para la Municipalidad de Armstrong. 

 

POR ELLO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE ARMSTRONG, SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA N°

ARTÍCULO 1°: Objeto. La presente ordenanza tiene por objeto tutelar y proteger la salud integral de la población infantil y adolescente de Armstrong mediante la promoción de hábitos alimentarios saludables y el fortalecimiento de la Educación Alimentaria Nutricional (EAN) en los establecimientos educativos que impartan enseñanza en los niveles inicial, primario y secundario. 

ARTÍCULO 2°: Finalidad. Es finalidad de la presente Ordenanza, la contribución a la prevención de enfermedades relacionadas con la malnutrición por exceso (sobrepeso, obesidad) y por carencia (deficiencia de macro y micronutrientes), promoviendo una alimentación variada, suficiente, equilibrada, inocua y adecuada a cada etapa de la vida. 

ARTÍCULO 3°: Alcance. Esta ordenanza se aplicará en todos los establecimientos educativos dentro del ejido municipal, incluyendo cantinas, quioscos escolares y todo otro espacio de expendio de alimentos dentro del ámbito educativo. 

ARTÍCULO 4°: Autoridad de Aplicación. Será autoridad de aplicación la Secretaría o Dirección Municipal del Departamento Ejecutivo Municipal que tenga competencia en materia de salud, la que actuará en articulación con las áreas de educación, desarrollo social y producción, según corresponda y sea determinado por la reglamentación. 

ARTÍCULO 5°: Objetivos específicos. Son objetivos de esta ordenanza: 

  1. Mejorar el estado nutricional de niños, niñas y adolescentes.
  2. Promover el consumo de alimentos fisiológicos y limitar el de alimentos ultraprocesados.
  3. Impulsar la Educación Alimentaria Nutricional en la comunidad educativa.
  4. Garantizar la disponibilidad de alimentos adecuados para personas con requerimientos especiales (celíacos, diabéticos, etc.).
  5. Generar entornos escolares saludables y sostenibles.

ARTÍCULO 6°: Alimentos. La autoridad de aplicación elaborará y actualizará periódicamente: 

  1. a) Un listado de alimentos saludables recomendados para la oferta en cantinas escolares.
  2. b) Un listado de alimentos no recomendados, por estar compuestos principalmente por calorías vacías, azúcares simples, grasas saturadas, grasas trans o sodio en exceso.

ARTÍCULO 7°: Exhibición de cartelería alusiva. Las cantinas o quioscos escolares deberán exhibir en un lugar visible los listados mencionados en el artículo anterior, así como guías explicativas sobre alimentación saludable dirigidas a estudiantes, familias y personal educativo que les brinde la Municipalidad de Armstrong. 

ARTÍCULO 8°: Educación alimentaria. El Departamento Ejecutivo Municipal fomentará acciones educativas para incorporar la temática de la alimentación saludable ofreciendo capacitaciones al personal docente y promoviendo actividades con estudiantes y familias sobre la temática. 

ARTÍCULO 9°: Convenios. Se autoriza al Departamento Ejecutivo a suscribir convenios con universidades, colegios profesionales (nutricionistas, médicos), organizaciones de la sociedad civil, comercios, emprendedores locales e instituciones provinciales para el cumplimiento de los fines de esta ordenanza. 

ARTÍCULO 10°: Progresividad. La autoridad de aplicación articulará con las cantinas de los establecimientos que imparten enseñanzas de educación inicial, primaria y secundaria de la ciudad, para que progresivamente reduzcan la comercialización de productos que se encuentren incluidos en la Ley Nacional N° 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable en Argentina (“Ley de etiquetado frontal”).  

ARTÍCULO 11°: Reglamentación. El Departamento Ejecutivo Municipal dictará la reglamentación necesaria para la implementación de esta ordenanza en un plazo no mayor a 90 días desde su promulgación. 

ARTÍCULO 12°: Regístrese, Publíquese, Comuníquese y Archívese. 

 

Armstrong, 13 de Mayo de 2025.-

 

CONCEJO

VISTO:                                             

                Que el día 18 de Mayo se conmemora el Día de la Escarapela Nacional; y,

 

CONSIDERANDO:

                Que el 18 de Febrero de 1812, el Triunvirato, por pedido del General Manuel Belgrano, sancionó el Decreto mediante el cual, se reconocía la Escarapela Nacional de las Provincias Unidas del Río de La Plata, con los colores: blanco y azul celeste;

                Que se fundaba en que los Cuerpos del Ejército, usaban escarapelas de distintos colores y que era necesario uniformarlos a todos, puesto que defendían la misma causa;

                Que el 18 de Mayo de 1935, se instituye este día por Resolución del Consejo Nacional de Educación;

 

POR ELLO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE ARMSTRONG, SANCIONA LA SIGUIENTE

MINUTA DE DECLARACIÓN N° 1423

ARTÍCULO 1°: Este Cuerpo declara su total adhesión al día 18 de mayo, como “Día de la Escarapela Nacional”.

ARTÍCULO 2°: Comuníquese, publíquese y dese al R.M. -

 

Armstrong, Mayo 13 de 2025. -

 

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Pío Chiodi Nº 228
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