VISTO:
La necesidad de ampliar los plazos de financiamiento y formas de pago para la cancelación de los valores que se liquidan a frentistas de la ciudad en concepto de Contribución de Mejoras por las obras de desagües cloacales; y,
CONSIDERANDO:
Que, para el transcurso del año 2022, el D.E.M. prevé avanzar con un significativo programa de mejoras sobre el sistema de desagües cloacales de la ciudad, permitiendo a muchas familias conectarse a este servicio tan importante;
Que la compleja situación económica generalizada que sufre el país en materia de restricciones externas e inflacionaria, presiona enormemente los costos sobre cualquier proyecto que se planifique a futuro sean de índole privados y/o públicos;
Que esta misma situación compleja sobre las variables macroeconómicas afectan fundamentalmente al poder adquisitivo de las familias en sus consumos diarios y, por ende, también sobre la posibilidad de solventar las contribuciones por mejoras;
Que, no obstante, las obras planteadas a ejecutar durante este 2022 son imprescindibles para dar respuestas a los pedidos de los frentistas, que algunos datan de más de 20 años y como Estado Municipal debemos acompañar y dar respuesta a los vecinos y al crecimiento sostenido que estamos teniendo como ciudad;
Que más allá de ampliar las cuotas en la forma de pago de las obras, el Municipio gestiona a nivel Provincial y Nacional, la llegada de planes para financiar porcentajes de las mismas para alivianar los costos y garantizar el ritmo de obras;
Que en el Artículo 4°) Inciso C) de la Ordenanza N° 1101 se establecen las “Formas de Pago de la Contribución” de las obras mencionadas en la referencia;
Que, en función de lo expuesto, es prioritaria la modificación de la norma mencionada para así flexibilizar los plazos de financiamiento;
POR ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE ARMSTRONG, SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA N° 1562
ARTÍCULO 1°: Modifíquense los planes de financiación definidos en el Artículo 4°) Inciso C) de la Ordenanza Municipal N° 1101 por el esquema de formas de pagos que se establece a continuación:
a) CONTADO: en una sola cuota sobre el valor de la contribución.
b) 24 CUOTAS MENSUALES y consecutivas, las cuales devengarán un interés igual al que fije el BNA Tasa Activa Cartera General Diversa al momento de suscribir el convenio.
c) 36 CUOTAS MENSUALES y consecutivas, las cuales devengarán un interés igual al que fije el BNA Tasa Activa Cartera General Diversa al momento de suscribir el convenio.
d) 48 CUOTAS MENSUALES y consecutivas, las cuales devengarán un interés igual al que fije el BNA Tasa Activa Cartera General Diversa al momento de suscribir el convenio.
e) 72 CUOTAS PAGO ESPECIAL: Este plan de pago requerirá la expresa conformidad del D.E.M., previo estudio socio-económico por parte de trabajadores sociales del municipio; por solicitud expresa y por escrito del frentista solicitante. Las 72 cuotas mensuales y consecutivas devengarán un interés igual al que fije el BNA Tasa Activa Cartera General Diversa al momento de suscribir el convenio.
ARTÍCULO 2°: Cúmplase, publíquese y dése al R.M.-
Armstrong, Agosto 02 de 2022.-