Ordenanza Nro.1515: Exceptúese del cumplimiento de lo establecido en las Ordenanzas en vigencia Nº 381 y Nº 393, referidas a Subdivisión de Lotes Urbanos, al estado parcelario, propiedad de Sucesores del Sr. VAGO, ENZO ALBERTO.

VISTO:

              La presentación realizada por el Departamento Ejecutivo Municipal, en cuanto a  la subdivisión simple de mensura del estado parcelario, propiedad de Sucesores del Sr. Vago, Enzo Alberto, ubicado en callejuela Venezuela, Manz. S-213, Lote B2, Cta. Municipal Nº 03853/1, en virtud que no cumpliría lo reglamentado en la Ordenanza Nº 1423 en vigencia; y,

CONSIDERANDO:

              Que dicha petición ha sido adecuadamente evaluada y que la autorización de subdivisión solucionará un problema de vivienda familiar;

              Que es necesario poder contemplar  estos casos particulares, en beneficio de nuestros ciudadanos, teniendo en cuenta factores sociales y económicos;

   Que el ARTICULO 7º , de la citada Ordenanza Nº 1423, establece que: “ En aquellos casos no contemplados en la presente Ordenanza, el Departamento Ejecutivo Municipal será el encargado de analizar, determinar las particularidades y derivar el caso al Concejo Municipal para su aprobación definitiva, si así lo requiriera”;

POR ELLO:

  EL CONCEJO MUNICIPAL DE ARMSTRONG, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA  Nº 1515

ARTÍCULO 1º ) - Exceptúese del cumplimiento de lo establecido en las Ordenanzas  en vigencia Nº 381 y Nº 393, referidas a Subdivisión de Lotes Urbanos, al estado parcelario, propiedad de Sucesores del Sr. VAGO, ENZO ALBERTO, ubicado en callejuela Venezuela, Manz. S-213, Lote B2, Cta. Municipal Nº 03853/1; encuadrándose dentro de lo estipulado en la Ordenanza Nº 1423/18.

ARTÍCULO  2º ) - Cúmplase, publíquese y dése al R.M.-

Armstrong, 27 de Julio de 2021.

 


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