VISTO:
La necesidad de ampliar los plazos de financiamiento y formas de pago para la cancelación de los valores que se liquidan a frentistas de la ciudad en concepto de Contribuciones por Mejoras; y,
CONSIDERANDO:
Que, para el transcurso del año 2022, el D.E.M. prevé avanzar con un vasto plan de mejoras en la infraestructura vial, ejecutando nuevas obras de cordón cuneta y pavimentos en varios sectores de la ciudad, cronograma diseñado en función a las solicitudes de los frentistas de distintos sectores de la ciudad;
Que, la compleja situación económica generalizada que sufre el país en materia de restricciones externas e inflacionaria, presiona enormemente los costos sobre cualquier proyecto que se planifique a futuro, sean de índole privados y/o públicos;
Que, esta misma situación compleja sobre las variables macroeconómicas afectan fundamentalmente al poder adquisitivo de las familias en sus consumos diarios, y por ende, también sobre la posibilidad de solventar las contribuciones por mejoras;
Que, no obstante, las obras planteadas a ejecutar durante este 2022 son imprescindibles para dar respuestas a los pedidos de los frentistas, que algunos datan de más de 20 años y como Estado Municipal debemos acompañar y dar respuesta a los vecinos y al crecimiento sostenido que estamos teniendo como ciudad;
Que mas allá de ampliar las cuotas en la forma de pago de las obras, el Municipio gestiona a nivel Provincial y Nacional, la llegada de planes para financiar porcentajes de las mismas para alivianar costos y garantizar el ritmo de las obras;
POR ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE ARMSTRONG, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA Nº 1541
ARTÍCULO 1º: Modifíquese el Artículo 4º de la Ordenanza Vigente Nº 1165, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 4º.- Se establecen como formas de pago:
a) CONTADO: en una sola cuota sobre el valor de la contribución.
b) 24 CUOTAS MENSUALES y consecutivas, las cuales devengarán un interés igual al que fije el BNA Tasa Activa Cartera General Diversa al momento de suscribir el convenio;
c) 36 CUOTAS MENSUALES y consecutivas, las cuales devengarán un interés igual al que fije el BNA Tasa Activa Cartera General Diversa al momento de suscribir el convenio;
d) 48 CUOTAS MENSUALES y consecutivas, las cuales devengarán un interés igual al que fije el BNA Tasa Activa Cartera General Diversa al momento de suscribir el convenio;
e) 72 CUOTAS PAGO ESPECIAL: Este plan de pago requerirá la expresa conformidad del Departamento Ejecutivo Municipal, previo estudio socio-económico por parte de trabajadores sociales del municipio; por solicitud expresa y por escrito del frentista solicitante. Las 72 cuotas mensuales y consecutivas llevarán un interés igual al que fije el BNA Tasa Activa Cartera General Diversa al momento de suscribir el convenio.”
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, publíquese y dése al R.M.-
Armstrong, Marzo 29 de 2022.-