Ordenanza Nro.1541: Plazo de financiación de las contribuciones por mejoras.

VISTO: 

              La necesidad de ampliar los plazos de financiamiento y formas de pago para la cancelación de los valores que se liquidan a frentistas de la ciudad en concepto de Contribuciones por Mejoras; y, 

CONSIDERANDO:

              Que, para el transcurso del año 2022, el D.E.M. prevé avanzar con un vasto plan de mejoras en la infraestructura vial, ejecutando nuevas obras de cordón cuneta y pavimentos en varios sectores de la ciudad, cronograma diseñado en función a las solicitudes de los frentistas de distintos sectores de la ciudad;

               Que, la compleja situación económica generalizada que sufre el país en materia de restricciones externas e inflacionaria, presiona enormemente los costos sobre cualquier proyecto que se planifique a futuro, sean de índole privados y/o públicos;

                Que, esta misma situación compleja sobre las variables macroeconómicas afectan fundamentalmente al poder adquisitivo de las familias en sus consumos diarios, y por ende, también sobre la posibilidad de solventar las contribuciones por mejoras;

                Que, no obstante, las obras planteadas a ejecutar durante este 2022 son imprescindibles para dar respuestas a los pedidos de los frentistas, que algunos datan de más de 20 años y como Estado Municipal debemos acompañar y dar respuesta a los vecinos y al crecimiento sostenido que estamos teniendo como ciudad;

                Que mas allá de ampliar las cuotas en la forma de pago de las obras, el Municipio gestiona a nivel Provincial y Nacional, la llegada de planes para financiar porcentajes de las mismas para alivianar costos y garantizar el ritmo de las obras;

POR ELLO:

   EL CONCEJO MUNICIPAL DE ARMSTRONG, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA  Nº 1541

ARTÍCULO 1º: Modifíquese el Artículo 4º de la Ordenanza Vigente Nº 1165, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

        “ARTÍCULO 4º.- Se establecen como formas de pago:

      a)      CONTADO: en una sola cuota sobre el valor de la contribución.

      b)     24 CUOTAS MENSUALES y consecutivas, las cuales devengarán un interés igual                                                  al que fije el BNA Tasa Activa Cartera General Diversa al momento de suscribir el convenio;

      c)     36 CUOTAS MENSUALES y consecutivas, las cuales devengarán un interés igual                                                  al que fije el BNA Tasa Activa Cartera General Diversa al momento de suscribir el convenio;

      d)     48 CUOTAS MENSUALES y consecutivas, las cuales devengarán un interés igual                                                  al que fije el BNA Tasa Activa Cartera General Diversa al momento de suscribir el convenio;

       e)       72 CUOTAS PAGO ESPECIAL: Este plan de pago requerirá la expresa conformidad del Departamento Ejecutivo Municipal, previo estudio socio-económico por parte de trabajadores sociales del municipio; por solicitud expresa y por escrito del frentista solicitante. Las 72 cuotas mensuales y consecutivas llevarán un interés igual al que fije el BNA Tasa Activa Cartera General Diversa al momento de suscribir el convenio.”

ARTÍCULO 2º: Cúmplase, publíquese y dése al R.M.-

Armstrong, Marzo 29 de 2022.-

 

 

 


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