VISTO:
La donación de superficies de terreno realizada por los señores OSVALDO BENJAMÍN FRANCESCHINA y HECTOR OMAR FRANCESCHINA, según actas de donación de fecha 15 de Diciembre de 2021, debidamente certificada por la Escribana María Inés Lombardi; y,
CONSIDERANDO:
Que se trata de la donación de los metros necesarios destinado a camino público; identificado como Lote “E”, es un polígono designado (P-S-R-O-P) se compone de: Linea P-S: 290,82mts.; Línea S-R:3,80mts.; Linea R-O: 290,82mts.y cerrando el lote Linea O-P: 3,80mts.; encerrando una superficie total de 1105,12 m2; según se detalla en plano de mensura confeccionado por el Ing. Geógrafo Juan Jaime Rostagno Mat. N° 20050-6, a inscribir en el SCIT. El inmueble está inscripto al Dominio en Mayor Área al folio real Mat. 13-552 de fecha 11/10/1991 y Mat. 13-553 de fecha 11/10/1991; empadronado en el impuesto inmobiliario bajo la partida en Mayor Área N° 13-06-00 182.216/0009;
Que se trata de la donación de los metros necesarios destinado a camino público; identificado como Lote “G”, es un polígono designado (SX – Xu – UR - RS) se compone de: Linea S-X: 633,07 mts.; Línea X-U: 3,80 mts.; Linea U-R: 633,07 mts. y cerrando el lote Linea R-S: 3,80 mts.; encerrando una superficie total de 2405,67 m2; según se detalla en plano de mensura confeccionado por el Ing. Geógrafo Juan Jaime Rostagno Mat. N° 20050-6, a inscribir en el SCIT. El inmueble está inscripto al Dominio en Mayor Área al folio real Mat. 13-551 de fecha 11/10/1991; empadronado en el impuesto inmobiliario bajo la partida en Mayor Área N° 13-06-00 182.210/0000;
Que se trata de la donación de los metros necesarios destinado a camino público; identificado como Lote “H”, es un polígono designado (XT – TW – WV - VX) se compone de: Linea X-T: 1,33 mts.; Línea T-W: 142,89 mts.; Linea W-V: 1,33 mts. y cerrando el loteLinea V-X: 142,89 mts.; encerrando una superficie total de 190,04 m2; según se detalla en plano de mensura confeccionado por el Ing. Geógrafo Juan Jaime Rostagno Mat. N° 20050-6, a inscribir en el SCIT. El inmueble está inscripto al Dominio en Mayor Área al folio real Mat. 13-551 de fecha 11/10/1991; empadronado en el impuesto inmobiliario bajo la partida en Mayor Área N° 13-06-00 182.210/0000;
Que se trata de la donación de los metros necesarios destinado a camino público; identificado como Lote “J”, es un polígono designado (XZ – ZY – YV - VX) se compone de: Linea X-Z: 142.89mts.; Línea Z-Y: 3,90 mts.; Linea Y-V: 142.89mts. y cerrando el lote Linea V-X: 3,90 mts.; encerrando una superficie total de 557,27 m2; según se detalla en plano de mensura confeccionado por el Ing. Geógrafo Juan Jaime Rostagno Mat. N° 20050-6, a inscribir en el SCIT. El inmueble está inscripto al Dominio en Mayor Área al folio real Mat. 13-2224 de fecha 27/06/1996; empadronado en el impuesto inmobiliario bajo la partida en Mayor Área N° 13-06-00 182.217/0000;
Que se trata de la donación de los metros necesarios destinado a camino público; identificado como Lote “L”, es un polígono designado (bc – cd – de - eb) se compone de: Linea b-c: 3,90 mts.; Línea c-d: 142.89 mts.; Linea d-e: 3,90 mts. y cerrando el lote Linea e-b: 142,89 mts.; encerrando una superficie total de 557,27 m2; según se detalla en plano de mensura confeccionado por el Ing. Geógrafo Juan Jaime Rostagno Mat. N° 20050-6, a inscribir en el SCIT. El inmueble está inscripto al Dominio en Mayor Área al folio real T° 169 – F° 164 N° 354854 de fecha 30/07/1996; empadronado en el impuesto inmobiliario bajo la partida en Mayor Área N° 13-06-00 182.220/0000;
Que en consecuencia corresponde aceptar la donación referida;
POR ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE ARMSTRONG, SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 1542
ARTICULO 1°: Aceptase la donación de superficies de terreno propiedad de los señores OSVALDO BENJAMIN FRANCESCHINA y HECTOR OMAR FRANCESCHINA, ubicados en el Distrito Armstrong y que de acuerdo al plano de mensura confeccionado por el Ing. Geógrafo Matrícula N° 20050-6 Juan Jaime Rostagno; identificado como Lotes detallados en los considerandos, a inscribir en el SCIT e inscriptos al Dominio en Mayor Área y empadronados en el Impuesto Inmobiliario según se detalla en los considerandos.
ARTICULO 2°: Tomar posesión inmediata de las fracciones de terreno, cuyas superficies totales donadas se estipulan en los considerandos de la presente ordenanza, conforme al plano confeccionado al efecto.
ARTICULO 3º: Cúmplase, publíquese y dése al R.M.-
Armstrong, Abril 05 de 2022.-