VISTO:
Que mediante Resolución N° 955 de fecha 6 de abril de 2021, el Concejo solicitó informe a la Región V del Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe sobre la supuesta venta del terreno donde se encuentra emplazado el galpón que fuera construido por la comunidad educativa de la Escuela Campo Spagnolo N° 635 y utilizado no sólo para los tradicionales almuerzos en el mes de agosto de cada año sino también por parte de los alumnos para realizar allí actividades especiales como lo son Educación Física y Educación Artística; y,
CONSIDERANDO:
Que consultado a la Secretaria del Concejo Municipal se informa que no han obtenido respuesta alguna al informe solicitado al Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe;
Que la situación planteada merece un tratamiento serio y completo, puesto que como toda la sociedad armstronense lo ha podido corroborar, dicho galpón fue levantado desde sus cimientos por las distintas asociaciones cooperadoras de la Escuela Campo Spagnolo, quienes año tras año han trabajado incansablemente para su construcción, mantenimiento y embellecimiento de ese espacio fundamental para la educación en su modalidad rural y no ha sido éste un hecho aislado y/o caprichoso, sino que esa comunidad ha basado todo su trabajo en la “palabra brindada” por quienes fueran sus primeros titulares, habiendo estos manifestado su voluntad de donar el inmueble a la Institución Educativa, donde hoy se encuentra el galpón en cuestión;
Que por ende no puede desconocerse el carácter de “propietarios morales” que tiene dicha Comunidad Educativa sobre el mencionado espacio físico;
Que también es dable reconocer que desde la supuesta venta, hasta el día de la fecha no se ha efectuado la toma de posesión efectiva por parte del supuesto adquirente privado, continuando con la posesión pacifica, quieta e ininterrumpida por parte de la Institución Educativa Escuela Campo Spagnolo N° 635 durante el transcurso de más de 40 años hasta el día de la fecha;
Que tanto la Municipalidad de Armstrong como los cooperadores de la Escuela Campo Spagnolo como integrantes del Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe han concurrido a numerosas reuniones a fin de llegar a una conciliación entre las partes, evaluando distintas propuestas de solución al problema planteado;
Que a pedido de los padres que conforman hoy la cooperadora de la mencionada Institución Educativa y a fin de regularizar la presente situación, se debe proceder a declarar el interés social la ocupación del galpón lindante a la Escuela Campo Spagnolo, realizando lo necesario para concretar dichos fines y la ulterior declaración de interés público y expropiación por parte de la Legislatura Provincial del terreno involucrado;
Que corresponde dictar la medida que así lo disponga;
POR ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE ARMSTRONG, SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA N° 1517
ARTICULO 1°) – Declárese de Interés social la ocupación e intervención dominial del inmueble por parte de la Institución Educativa Escuela Campo Spagnolo N° 635 e identificado originalmente según Plano N° 147062/02 como Lote “C” empadronado en el Servicio de Catastro e información Territorial de la Provincia de Santa Fe bajo el P.I.I. N° 13-06-00-182397/0007-3 y cuyas dimensiones son 36 a. 23 ca. 11 dm2.
ARTICULO 2°) – Solicítese a la Legislatura Provincial la sanción de la correspondiente Ley Provincial de Declaración de utilidad pública y expropiación del inmueble de propiedad privada descripto en el Artículo 1°) de la presente.
ARTICULO 3º) – Cúmplase, publíquese y dése al R.M.-
Armstrong, 27 de Julio de 2021.