Ordenanza Nro.1528: La Municipalidad de Armstrong en su condición de prestadora del Servicio de Desagües Cloacales en todo el ámbito de su jurisdicción, aprueba, en los términos establecidos por el Artículo 54º) de la Ley Nº 11.220, el Plan de Mejoras y D

 

VISTO: 

              Que este Municipio se encuentra a cargo de la prestación de Servicios de Desagües Cloacales en todo el ámbito de su jurisdicción desde el año 1994, y que debe generar el instrumento administrativo a través del cual se apruebe el Plan de Mejoras y Desarrollo; y, 

CONSIDERANDO: 

              Que la Ley Nº 11.220 establece el marco regulatorio de los mencionados servicios en toda la Provincia de Santa Fe y la consecuente creación del Ente Regulador de Servicios Sanitarios, con competencia para el control de todos los prestadores;

              Que la Resolución Nº 646/11, reglamenta la citada ley y establece que los Planes de Mejoras y Desarrollo de los servicios, deben ser aprobados por la autoridad Municipal;

              Que resulta entonces imprescindible dictar el acto administrativo que permita adecuarse a la legislación vigente;

POR ELLO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE ARMSTRONG, SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA  Nº 1528

ARTÍCULO 1º: La Municipalidad de Armstrong en su condición de prestadora del Servicio de Desagües Cloacales en todo el ámbito de su jurisdicción, aprueba, en los términos establecidos por el Artículo 54º) de la Ley Nº 11.220, el Plan de Mejoras y Desarrollo para el año 2021, que se adjunta a la presente Ordenanza.

ARTÍCULO  2º: Cúmplase, publíquese y dése al R.M.-

Armstrong, 05 de octubre 2021.


ORDENANZAS