VISTO:
En el marco de implementar políticas fortalecedoras PENSANDO EN NUESTROS NIÑOS Y NIÑAS, contribuyendo fuertemente al desarrollo intelectual prematuro, presente y futuro, a través del estímulo de la LECTURA; y,
CONSIDERANDO:
Que en este Concejo prima toda política que tenga relación directa con nuestros niños y niñas, cuando del cuidado del desarrollo cognitivo, emocional y social desde la temprana edad se trata;
Que está demostrado que la lectura constituye una herramienta privilegiada de participación en democracia, favoreciendo a la expresión de ideas, desarrollo del pensamiento y formación de criterios;
Que la lectura a edades tempranas enfocadas de forma lúdica ayuda a que los niños y niñas no la entiendan como una tarea u obligación, y les permite entretenerse e incorporarlas a su variedad de juegos y actividades para el tiempo libre;
Que cuando un adulto cercano lee junto a un niño o niña, no solo le ayuda a desarrollar su capacidad para el lenguaje, sino también establece con él una relación firme e íntima, y fomenta su amor por la lectura para toda la vida;
Que se hace urgente e imprescindible estimular el acceso a la lectura en grupos más vulnerables de la sociedad, potenciando con ello habilidades para expresarse e interactuar;
Que una forma de incentivar el desarrollo intelectual de los niños es a través de la lectura de un cuento cuando son pequeños. Favorecer la adquisición del hábito lector desde temprana edad, ayuda a potenciar su imaginación y creatividad, aumenta el caudal del lenguaje, la comprensión y la obtención de nuevos conocimientos;
Que, en este aspecto, en la Provincia de Santa Fe, el 8 de enero del año 2018, se sancionó la Ley Provincial N° 13.685 “Un Niño, Un Cuento”, cuya iniciativa corresponde a la Poetisa Jesica Diorie, que establece que todo niño/a nacido en la provincia tiene derecho recibir de manera gratuita un cuento infantil;
Que, a pesar de haber sido promulgada la Ley, al día de hoy no se ésta aplicando como debería de corresponder. Sin embargo, diferentes Comunas y Municipios de la Provincia la ésta ejecutando a través de programas y/o jornadas que conllevan el mismo objetivo;
POR ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE ARMSTRONG, SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA N° 1555
ARTÍCULO 1º: Créase en el ámbito de la Ciudad de Armstrong el Programa “UN NIÑO, UN CUENTO” cuyo objetivo es la entrega gratuita, por parte del Estado Municipal, de un Libro y/o ejemplar de cuento infantil para cada niño o niña que, según su DNI, resida en nuestra ciudad, de 2 años de vida (Cumplidos o por cumplir).
ARTÍCULO 2°: El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de las Áreas de Cultura y Educación, coordinara la entrega de un ejemplar cuidadosamente seleccionado de literatura infantil. El ejemplar deberá ser de autoría nacional.
ARTÍCULO 3°: Una vez superados los primeros tres meses de la implementación de la presente, se realizará anualmente por Concurso Público la selección de los libros que incluyan cuentos infantiles.
ARTÍCULO 4°: Facúltese a la autoridad de aplicación a suscribir convenios con la Biblioteca Popular Sarmiento, a fin de tramitar en conjunto los ejemplares a repartir, como así también los carnets de socios de los niños con el 50% de descuento durante el primer año.
ARTÍCULO 5°: El ejemplar seleccionado a entregarse a través del marco del presente Instrumento Legal, NO tendrá valor comercial, NO podrá incluir propaganda ni identificación de Orden Político.
ARTÍCULO 6°: El gasto que demande la implementación de la presente se imputará a la Partida Presupuestaria Correspondiente.
ARTÍCULO 7°: Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar todo lo que no es considerado en la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 8°: Cúmplase, publíquese y dese al Registro Municipal.
Armstrong, Junio 14 de 2022.-